Legalidad TARJETA cheque gourmet

Acaban de cambiarnos la forma de pago en nuestra empresa, relativa al importe de la comida.
Antes justificábamos la comida con tickets del bar/restaurante donde comiéramos.
Ahora (sé que hay cambios legales con Hacienda), lo que se nos facilita es una tarjeta de crédito Cheque Gourmet, ¿qué nos obliga a comer en sitios contcretos por menos de 9?.
¿Es esto legal? (Este cambio de condiciones en la forma de pago)
Si no hubiera efectivamente otra salida legal de la empresa frente a Hacienda (que invalide los tickets de papel), ¿Sería legalmente posible que la aportación mensual para este concepto fuera directamente en nómina (con el concepto que fuese)?.

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Hacienda nunca va a obligar a pagar de una forma o de otra. Eso a ellos les da lo mismo. Lo que pasa es que en cuanto al importe de las dietas hay unos límites, porque no pagan IRPF ni tampoco SS. Lo que seguro que está pasando es que los jefes están sacando para ellos dinero de la empresa en forma de dietas y les han pillado. Por supuesto, os paguen con cheque o en metálico, las dietas deben estar siempre en la nómina en concepto de dietas. Ya te digo que no pagan IRPF ni SS por lo que ponerlo no les cuesta nada de dinero. Si no lo ponían es porque os estaban pagando las dietas con el dinero B que ingresaba la empresa de ventas o servicios sin facturae. En cuanto al importe de la dieta, como mínimo el que diga el convenio.
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