En la comunidad tenemos un pequeño (o no) problema. La comunidad (de forma rectangular que tiene en una de sus fachadas larga 10 bajos cerrados, que se usan exclusivamente como garajes y en la otra largaa una mayor altura, dos portales, estando las otras dos cerradas y pintadas) consta de 12 viviendas y estos 10 bajos). Pues bien, el propietario de uno de los bajos (semi-sótanos con acceso unicamente por esa fachada) esgrime que tiene un documento que le indica que el resto del edificio son bienes privativos y por tanto no tiene más obligación que atender a los gastos "comunes" de su propia parte de fachada y el tejado o cubierta. El resto de propietarios no estamos de acuerdo. En una ocasión hubo un desperfecto en una zona de fachada que no tiene ni balcones y se negó rotundamente a contribuir al arreglo. Como entonces el gasto era tan mínimo no acudimos a ningún tipo de demenda, pero ahora hay que acometer una reparación total de la casa y sigue en sus trece, ni fachadas, ni balcones, ni aleros, ni nada que no dea tejado o su parte de fachada.
¿Podemos tener problemas con él?
Gracias
Antxon
Lugar: Barrio de San Sebastián, Guipuzcoa.