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Vamos a ver, la verdad que en la Rioja no se como se hara, pero no creo que sea muy diferente que en Madrid, te cuento:
Cuando alguien compra una vivienda por debajo del valor de tasacion (que por cierto, no es muy normal) debe ir a la oficina del catastro a solicitar la valoracion de referencia o valoracion minima.
O sea, Si la tasacion sale por 100, el valor minimo del catastro es 80 y tu compras por 90, a pesar que compras por debajo de la tasacion, es legal, por que compras por encima del valor minimo.
Si la tasacion es 100, la valoracion minima es 80 y tu compras por 70 tendras problemas con hacienda. Pero ojo, tu realmente has comprado por 70, por que nadie le puede decir al vendedor a que precio debe vender, lo que pasa que en el ITP (impuesto de trasmisiones patrimoniales) debera figurar la cantidad de 80 como minimo. Si lo pones por debajo sera un fraude.
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