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Al momento de ganar el premio, el ganador tiene obligación de pagar lo que la legislación tributaria española disponga, para un premio de un juego al azar.
Como el dinero no fué obtenido o percibido en territorio colombiano, no es objeto de impuesto alguno.
Al repatriar el premio obtenido en españa, solo es obligatorio para el ganador, en Colombia, los gastos de transferencia y legalización del dinero ante el Banco de la República u otra entidad financiera en Colombia.
Una vez legalizado (repatriado) el premio o dinero, este pasa a ser patrimonio del ganador en territorio colombiano, lo cual, según el monto, si la legislación tributaria colombiana, lo dispone, lo convierte en obligado a presentar declaración de renta y-o patrimonio, pagando la tarifa que le corresponda.
Atte, Jaime A. López A.
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