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impago de empresa

Experto:
Usuario:
Fecha: 20/08/2009
Valoración: (5,00 sobre 5) Categoría: Derecho Laboral
19/08/2009
seth27, usuario preguntando en Derecho Laboral
Usuario
Hola
Le escribo a ver si podría ayudarme sobre una duda acerca de un tema. Verá yo a veces realizo traducciones para algunas agencias por internet. Acordamos por email una tarifa por palabra, hago la traducción, se las envío y luego les mando la factura por email también. El caso es que hice una traducción para una compañía a principios de Mayo, se supone que ellos pagaban 60 días después de la traducción, es decir, me debían haber pagado a primeros de Julio. La empresa es del País Vasco (España), son 2035 euros los que me deben pagar y llevo todo el verano enviándoles mensajes y me contestan siempre lo mismo "no hemos recibido respuesta por parte del departamento financiero". Ayer ya les dije que si no me pagaban a principios de Septiembre (que ya serían 2 meses de retraso) les iba a denunciar. No sé si he hecho lo correcto porque a lo mejor es demasiado pronto o como no hubo contrato de por medio, sino que solo les envié la factura, lo único que tengo son los emails que intercambié con ellos antes, durante y después de la traducción acordando todo, así como la factura. Pero contrato no. ¿Qué debo hacer? ¿Haría bien en denunciarlospor impago o es una tontería porque no tengo nada que hacer y me gastaría dinero en denunciar para nada? ¿Tendría derecho a indemnización? La verdad es que estoy muy dolido porque trabajé muy duro y cumplí con el trabajo a la perfección. Pero me parece que no me van a pagar y es mucho dinero. Espero que me pueda orientar y ayudar. Muchas gracias.
Saludos
19/08/2009
seth27, experto respondiendo en Derecho Laboral
Experto
Buenas tardes.
Aunque su caso no sería tema de mi especialidad (por lo que comenta se trata de un contrato de servicios de tipo civil o mercantil) el hecho de que haya un intercambio de correos electrónicos en los que queda reflejado el intercambio del servicio por un precio ya demuestra que hubo un contrato.  La legislación civil española establece que no es necesaria la forma, salvo en casos excepcionales, para apreciar que existe un contrato, de manera que podría usted denunciarlos por el impago.  No soy experta en derecho procesal civil, por lo que le remitiría a otro experto para que le asesorase en ese punto.
Espero que mi respuesta le sirva.
Un saludo.
20/08/2009
seth27, usuario preguntando en Derecho Laboral
Usuario
Excelente. Una fantástica solución.
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