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Juristas Asociados Abogados Sevilla
Buenas tardes:
Veras las comisiones salvo que esten pactadas no te las pueden quitar salvo que lleves mucho tiempo cobrandolas en cuyo caso aunque no esten pactadas tampoco te las pueden quitar.
Si tiene un contrato de 7:30 , OBVIAMENTE la otra media hora no esta contratada por lo que no tienes porque hacerla pero ya depende de ti en comentarlo, ya que pueden tomar medidas como el despido o finalización del contrato sin prorroga.
Si estas de baja no tienen que pagarte vacaciones otra cosa es que te deben vacaciones de este año o del anterior , en ese caso si son de ste año deberas solicitarlas cuando finalize tu baja si son del año pasado tiene muy mala solución ya que por seis dias no creo que te interese arremeter contra ellos.
Entiendo que tienes horario partido , la ley no regula ni la merienda ni la comida obviamente se entiende que la comida esta fuera de tu horario y la merienda se puede entender que esta dentro del horario al igual que el desayuno que si viene recogido. En principio 50 de comida y 15 pero dentro del horario de tarde.
Espero haberte ayudado y no dedes en dejarnos tus preguntas directamente en
http://juristasasociados.blogspot.com
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