Exencion por reinversion
Yo compre mi piso de obra nueva en 2004, ( escriturado en 2004, porque el contrato de compra-venta era del 2002 )
Y resulta que lo he vendido el año pasado ( 2006 ), lo he vendido porque nos hemos comprado otro pero aun no he firmado las escrituras, las firmaremos después de este verano 2007, así que solo he pagado los plazos correspondiente durante el año pasado y este. El problema es que ayer fui a hacienda y me dijeron que no es una exncion por reinversión sino ganacia ya que el piso no ha sido de mi propiedad durante 3 años, así que tengo que pagar a hacienda el tanto por ciento correspondiente a la ganacia ( que no se cuanto será ) y ademas devolver todo el dinero que me he desgrabado durante estos años anteriores. Y después de esto podre desgrabarme de la que sera a partir de ahora mi vivienda habitual.
Pero lo que no entiendo es porque tengo que pagar un dineral a hacienda cuando toda la ganancia de mi piso anterior la voy a invertir en mi nuevo piso y ademas tengo que hipotecar por muchos millones más, entiendo que la gente que especula y gana dinero con esto se lo apliquen, pero a gente trabajadora como nosotros que solo pretende mejorar su calidad de vida cambiando de casa me parece un abuso.
¿De todas maneras hay algunas excepciones por las cuales no se aplican verdad? Como matrimonio, fallecimiento, cambio de trabajo y algunas más. ¿Crees qué me podría aplicar algunas de esas excepciones? Yo me caso este año (el 28/07/07), y ademas el año pasado cambie de trabajo aunque he sido dentro de madrid. ¿Hay alguna salida legal para que no peguen ese palo tan grande?
Gracias por tu tiempo.
Un saludo.
Y resulta que lo he vendido el año pasado ( 2006 ), lo he vendido porque nos hemos comprado otro pero aun no he firmado las escrituras, las firmaremos después de este verano 2007, así que solo he pagado los plazos correspondiente durante el año pasado y este. El problema es que ayer fui a hacienda y me dijeron que no es una exncion por reinversión sino ganacia ya que el piso no ha sido de mi propiedad durante 3 años, así que tengo que pagar a hacienda el tanto por ciento correspondiente a la ganacia ( que no se cuanto será ) y ademas devolver todo el dinero que me he desgrabado durante estos años anteriores. Y después de esto podre desgrabarme de la que sera a partir de ahora mi vivienda habitual.
Pero lo que no entiendo es porque tengo que pagar un dineral a hacienda cuando toda la ganancia de mi piso anterior la voy a invertir en mi nuevo piso y ademas tengo que hipotecar por muchos millones más, entiendo que la gente que especula y gana dinero con esto se lo apliquen, pero a gente trabajadora como nosotros que solo pretende mejorar su calidad de vida cambiando de casa me parece un abuso.
¿De todas maneras hay algunas excepciones por las cuales no se aplican verdad? Como matrimonio, fallecimiento, cambio de trabajo y algunas más. ¿Crees qué me podría aplicar algunas de esas excepciones? Yo me caso este año (el 28/07/07), y ademas el año pasado cambie de trabajo aunque he sido dentro de madrid. ¿Hay alguna salida legal para que no peguen ese palo tan grande?
Gracias por tu tiempo.
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Respuesta de fulma
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