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Hola, Karla.
Alli donde pidas una factura a tu nombre, con tu DNI/CIF, etc,..., sea donde sea, te la deben hacer Pueden poner mala cara si tienen gente en la tienda, pero la Ley les obliga a emitirla si el solicitante asi lo exige y les facilita sus datos fiscales como empresario/profesional que es.
Entonces, tu podras contabilizar las facturas como gastos de empresa, deduciendo el IVA, pero siempre tengan caracter deducible, es decir, en tanto en cuanto esos gastos sean necesarios para la obtencion de los ingresos/rendimientos de tu negocio sobre los que estas pagando tus impuestos. Por ejemplo: si eres modelo, podras defender una factura de productos de maquillaje; pero si esa misma factura pretende deducirla un camionero no se lo admitiran.
Hay gastos, de escaso valor unitario, como los incurridos en viajes o con clientes (comidas, copas, taxis, etc), que se justifican habitualmente con ticket, pues se argumenta que nadie pueda esperar a que le emitan una factura, con todos los datos, con el cliente delante, o con la ultima llamada para un vuelo que despega ... Aqui, se viene aceptando la deducibilidad como gasto en Imp. Sociedades, pero ojo, no se debe deducir el IVA solo con el ticket, sin factura oficial, acarrea un riesgo.
Espero haber sido claro, ya me diras.
Saludos, German
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