Se puede llevar a juicio a una compañía de seguros por haber perdido la historia clínica de un asegurado fallecido?

Mi mujer falleció en Abril 2014. En Julio presenté la documentación que me pidieron. Entre ello," la historia clínica completa" que me pidieron. No sabía nada de ellos y en Octubre pregunté a ver cuándo iban a pagar y me contestaron primero que no tenían la historia clínica. Luego que no podían abrir uno de los disquettes y al final, que habían perddido los disquettes y que tenía que enviárselos de nuevo. (Otros 2 meses de retraso). Cuando se los envié, en Enero me piden más papeles. Se los envié y no sé nada de ellos. Ya va a hacer ub año y me parece una tomadura de pelo. Lo único que me han dicho es que está en asesoría jurídica. Alguien sabe si por haber perdido la historia clínica, que está protegida por la ley de protección de datos, ¿puedo denunciar a la aseguradora? ¿Hay jurisprudencia o alguien sabe lo que se les puede reclamar?. Me gustaría saber cómo puedo localizar un caso similar en internet. No lo encuentro

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La historia clínica de un paciente es un documento cuyo original siempre permanece en los archivos de la administración sanitaria. Usted hizo por tanto entrega de una copia, jamás de un historial que figura necesariamente en el protocolo administrativo, y del que puede pedir una copia.

La documentación que se entrega siempre ha de ser a cambio de un recibo, porque si no, usted no ha entregado nada, y a nadie puede reclamar. Cualquiera que sea la persona a la que le entrega algo (sea dinero, bienes o documentos), le ha de extender un recibo, porque a cambio de ese documento de recepción es precisamente por lo que hace la entrega.

Dicho lo que antecede, debe solicitar al seguro que en ejecución de la póliza número (...), se le comunica que la (titular) falleció en tal fecha, adjuntando certificado de defunción o que tuvo tal dolencia (lo que sea que cubre la póliza), por lo que procede el pago de la cantidad que sea. Lógicamente, esa comunicación tiene que ser fehaciente con acuse de recibo.

Si no le contestan o la respuesta es negativa, ha de acudir a la Dirección General de Seguros y de Fondos de Pensiones en el término de 10 días (puede hacerlo online) y presentar una reclamación.

Se abre entonces un proceso interlocutorio en que la Dirección General contacta con la aseguradora y solicita copia del expediente. Si finalmente no le pagan, puede iniciar la vía judicial para la ejecución de la póliza. Pero en general las aseguradoras suelen pagar cuando les contacta la Dirección General.

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