¿Iniciar ciuadanía italiana durante los 90 días posteriores a vencimiento de TIE? (estancia por estudios-España)

Pregunta 1:

¿Cuál es la ley/acuerdo/etc que puedo imprimir y utilizar para justificar que una vez está caducada mi Tarjeta De Extranjero, dispongo de 90 días como turista? (Siendo de un país que no necesita visado de turista para la UE o la zona Schengen)

Lo necesito para iniciar el trámite de reconocimiento de ciudadanía italiana (en italia), el cual en mi caso, puede realizarse entrando como turista sin ningún necesidad de contar con ingún visado.

Para realizar una declaración de presencia y otros trámites, solicitan fotocopia del sello de entrada del pasaporte

Pregunta 2:

¿Cómo justifico en el pasaporte que una vez caducada la TARJETA DE ESTANCIA POR ESTUDIOS EN ESPAÑA, dispongo de 90 días como turista por lo cual, así que no deberían mirar el sello sino mi TARJETA DE ESTANCIA POR ESTUDIOS,?

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Respuesta

Estimada Ivana:

A partir de la fecha de caducidad de su permiso de estancia o residencia en España, puede permanecer durante un plazo de 90 días posteriores en territorio español (en caso de renovación, ya que es el plazo dentro del cual es posible renovar el permiso de estancia).

En el caso de salir fuera de la Unión Europea y ser de uno de los países que NO REQUIERE VISADO PARA ENTRAR COMO TURISTA EN LA ZONA SCHENGEN y se encuentre caducada su estancia de estudio o residencia, tiene 3 meses como turistas que podrá utilizar dentro de la Zona Schengen.

De este modo, siempre que permanezca en España o en cualquier estado de la UE y no supere los 90 días después de la caducidad de su residencia, podrá circular sin inconvenientes.

Ahora, bien, si es usted de uno de los países que NO REQUIERE VISADO PARA INGRESAR COMO TURISTA A ESPAÑA, es decir que tiene la opción de visados Schengen el cual se expiden con una estancia máxima autorizada de 90 días en un periodo de 180 días, usted deberá circular con su pasaporte en vigor y su residencia (aunque se encuentre caducada), porque usted tiene 3 meses para poder estar en el territorio de los Estados Schengen como TURISTA, sin necesidad de visado, pasado ese plazo, si deberá tener residencia de estancia vigente para poder estar dentro de la Unión Europea o esperar 3 meses para volver a ingresar.

Por el contrario, si es de uno de los países que SÍ NECESITA VISADO PARA INGRESAR A ESPAÑA o a uno de los países de la UE, COMO TURISTA, y sale fuera del Espacio Schengen con su tarjeta caducada, no podrá volver a ingresar (aún encontrándose dentro de los meses posteriores a la caducidad), si no ha solicitado una autorización de retorno. Al viajar con NIE caducado a cualquiera zona de los Estados Schenguen, puede pedirle su documento en vigor y podría tener problemas en la aerolíneas para abordar.

En caso de encontrarse en trámite de renovación del permiso de estancia, podrá solicitar una autorización de regreso para poder salir e ingresar nuevamente a España dentro del plazo de 90 días desde la fecha de emisión de la autorización mencionada. Deberá llevar siempre su tarjeta de estancia o residencia (aunque se encuentre caducada), su resguardo de renovación en trámite (en caso de tenerlo), y su pasaporte en vigor.

Cualquier inquietud adicional con gusto será atendida a su solicitud.

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