¿Cómo subir de categoría a primera?

Llevo más de cuatro años en el mismo trabajo. Como técnico de Electrónica / Electricidad. Desde el principio oficial de 2ª, con trabajos de 1ª y sueldo de 3ª.
Quiero subir a primera, mi jefe me da largas, ya dos veces. Lo que me dan ganas es cambiar de empresa si esto sigue así. Sube de rango a los que les interesa.
Antes de entrar a trabajar ahí, me han contado gente que al tercer año con su amigo el abogado decidió denunciar por este motivo y acabó despedido. Es verdad que denunció directamente sin pedirle que suba de rango ni nada, a lo bruto. (Menudo abogado del amigo).
1. ¿No es obligatorio con el tiempo que me suban de rango por parte de la empresa?
2. ¿Hay qué pedir que me suban de rango por escrito o algo? (En palabras está claro que no).
3. ¿Algún consejo?
El consejo que más me dan gente de la calle es: Cambia de trabajo.

3 Respuestas

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Una empresa es una empresa. Tiene un dueño. Ese dueño tiene sus objetivos malos o buenos y tu no tienes por que estar en ellos. Mientras no sea tu empresa y tu no seas el dueño a ti te pueden mover a donde ellos quieran.

La única opción que tienes es: independizarte o cambia de empresa si aún tienes edad para cambiar de una. Y si haces una, no sigas las mismas políticas viejas de las actuales.

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Si me permite voy a contestar en primer lugar a su pregunta 3. El consejo que le doy es que no haga caso de las voces o de comentarios que se rumoren, le voy a decir porque, porque más que nada si se inició un proceso de clasificación profesional o de movilidad funcional y posteriormente fue despedido se a vulnerado el principio de indemnidad eso quiere decir que la empresa actuó con represalia por ejercitar una acción judicial lo que llevaría a una nulidad del despido, e implicaría su readmisión y si me permite la demanda que hiciese el abogado que se contrato se basaría en unos hechos sobre la relación laboral ye le conflicto en si, no se hacen demandadas a lo bruto es un trabajo que requiere una profesionalidad igual que el suyo y que en nuestro caso no garantiza un éxito es una prestación de servicios.

Dicho esto, y respondiendo a su pregunta 1 para el sistema de ascensos en una empresa no existe una obligatoriedad manifiesta del empresario de tener que ascender recogida en la legislación, pero si en el artículo 24 y 25 del Estatuto de los Trabajadores se le concede al trabajador el derecho a ello pero para eso habrá que atender a lo dispuesto en la negociación colectiva, el convenio que le pertenezca o lo negociado a través de los representantes legales de los trabajadores o lo negociado en el contrato de trabajo.

Eso si hay una posibilidad sin que venga recogida en lo dicho antes y es que usted esté realizando tareas o funciones del grupo profesional superior lo quiero decir con esto que es un procedimiento para reclamar derechos que no se le reconocen

Por eso me temo que tengo que decirle que la empresa tiene total libertad de decidir el sistema de ascensos aunque si bien es cierto no es que sea un libre albedrio, tiene que basarse en elementos como méritos, antigüedad o la formación académica entre otros y por supuesto eludiendo todo tipo de discriminación.

Por tanto, el abanico que tiene un empresario en virtud de lo establecido en el Convenio Colectivo es bastante amplio a la hora de establecer y decidir que trabajador promociona.
A su disposición [email protected] 

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Parece deducirse que estás contento con tu trabajo, que te sientes capaz en él, que tu jefe está contento contigo, etc., daría pena, desde luego, perder todo esto (bueno, el ser bueno en tu trabajo no lo perderías, claro).

Yo no empezaría con los escritos para esto; está claro que él no tiene obligación; y lo que puedes hacer es pedir, como ya has hecho, pero sin obsesión, lo cual te lo facilitará la recta intención en la vida.

Tú procura hacer tu trabajo lo mejor posible, según Dios. Siempre existirán dificultades de una forma u otra. Cualquier decisión que tomes, que sea siempre según Dios, guiado por la caridad, no meramente por ganar más o tener un mejor puesto, es decir, no meramente por intereses particulares.

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