Que me pueden penalizar al rescindir el contrato de alquiler a mitad de año?

Alquile una casa en septiembre de 2012 con opción a compra. El contrato de alquiler es anual prorrogable hasta cinco. Hice el contrato con el banco pero hace un año cedieron toda la propiedad al banco malo, lo cual he intentado comprarlo y las condiciones no me favorecen y no facilitan su venta. Ahora que sé que no me lo voy a comprar no me interesa seguir pagando un alquiler mas iva mas su comunidad, el precio esta muy por encima de un alquiler normal. He encontrado una casa para comprar y pienso dejar esta en un mes. En el contrato especifica que si el arrendatario dejara a mitad de contrato tiene que indemnizar al arrendador con un mes por año no cumplido. Entiendo que mi contrato que pone que es anual, aunque prorrogable hasta cinco, como es un año no cumplido hasta septiembre debería indemnizarle con un mes, cosa que con no devolverme la fianza valdría. Al menos eso entiendo yo. Decidme si me pueden pedir mas o a que me puedo atener. ¿La indemnización también llevaría IVA?

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No. Lo que tiene que pagar en concepto de indemnización pactada es la parte proporcional del tiempo que le reste por cumplir hasta el año, no un mes completo (si no le faltan 12 meses, claro). Y puede reclamar la parte de la fianza que le reste.

Envíe un burofax con las cuentas, la fecha en que dejará la vivienda y un numero de su cuenta corriente para el ingreso del restante de la fianza, si se da el caso.

No entiendo porque paga IVA. Las viviendas no devengan IVA.

A menos que estuviera pagando una parte de alquiler y otra por la opción de compra, aunque lo pagara en un solo importe.

Si es así, tenga en cuenta que esa parte, la correspondiente a la opción de compra, puede reclamar que le sea devuelta en su integridad, al actual propietario de la vivienda, incluido el iva si es que lo han repercutido.

Muchas gracias por la aclaración a mi pregunta. Ahora tras su respuesta me surge una nueva duda. Respecto al IVA que pagamos es porque el contrato tiene una opción a compra. Toda la mensualidad en caso de compra seria restado al 100% de su precio de venta. Con lo cual pago la mensualidad mas IVA mas la comunidad. Tendrían que devolverme algo??

Cuando se pacta una opción de compra, generalmente se paga una parte que corresponde al alquiler y otra como parte del precio adelantado por la compra, el cual se devuelve si la compra no llega a efectuarse.

En su caso, sería cuestión de ver que es lo que dice el contrato y ver si, efectivamente la totalidad de lo que paga usted, excepto IVA y excepto comunidad está aplicado a la opción a compra y si, insisto dependiendo del contenido del contrato, se puede reclamar alguna devolución.

Si tiene dudas respecto a la interpretación de las cláusulas, le sugiero que antes de hacer nada lleve el contrato a un abogado para que, una vez lo haya leído y estudiado, emita su dictamen y con ello usted sepa a que atenerse.

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