Atasco en la cocina cubre el atasco

Condiciones Específicas y Generales
Helvetia “Hogar”
 Ampliación daños por agua
 Goteras y filtraciones.
¿Qué se cubre?
Mediante esta Garantía el Asegurador, hasta el límite
de 3.000,00 euros, surtiendo efecto
exclusivamente cuando se encuentre contratada
y siempre que se encuentre asegurado el edificio,
se cubre el daño al continente por las filtraciones
por las cubiertas, tejados, paredes y muros producidas
por lluvia o nieve, excluyéndose en cualquier
caso la reparación de la causa.
No se indemnizará cantidad alguna hasta
Que la reparación de la causa se haya efectuado.
No quedan cubiertos…
a) Humedad o condensación exclusivamente.
b) Los daños causados por filtraciones de
agua a través de tejados y azoteas cuando
sean consecuencia de vicio propio o
negligencia inexcusable, así como los que
tengan su origen en la omisión de las reparaciones
indispensables para el normal
estado de conservación de las instalaciones
c) Las que sean consecuencia de fenómenos
meteorológicos a través de aberturas,
tales como:
Ventanas, balcones, puertas y techos
Descubiertos.
d) Los daños resultantes de las tempestades,
huracanes, inundaciones, paso de
agua procedentes de los mismos, desbordamientos
de los ríos o de lagos naturales
o artificiales, así como los embalses
de mar en las costas.
 Gastos para desatasco.
¿Qué se cubre?
Mediante esta Garantía el Asegurador, hasta el
límite de 3.000,00 €, surtiendo efecto exclusivamente
cuando se encuentre contratada
y siempre que se encuentren asegurado el
edificio, se cubre los gastos para desatascar, limpiar,
reparar o sustituir tuberías, sumideros, arque
tas y cualquier tipo de conducción o canalización
que se haya obturado o atascado, siempre que se
haya producido un siniestro amparado por la Póliza
por una de las causas anteriores.
 Daños por heladas
¿Qué se cubre?
Mediante esta Garantía el Asegurador, hasta el límite
de 3.000,00 euros, surtiendo efecto
exclusivamente cuando se encuentre contratada
y siempre que se encuentre asegurado el edificio,
se cubre los daños por agua producidos al continente
como consecuencia de rotura por congelación
de tuberías, conducciones y depósitos de agua, así
como los gastos de localización y fontanería.
No quedan cubiertos…
a) Escapes o desbordamientos debidos al
Mal estado de las conducciones vistas del
riesgo asegurado.
b) La reparación de aparatos y grifos, tales
como calderas, termos, llaves de paso y
similares
c) Los que tengan su origen alcantarillado
público, fosas sépticas, cloacas.
 Derrame de líquidos distintos al agua.
¿Qué se cubre?
Mediante esta Garantía el Asegurador, hasta el límite
de 3.000,00 euros, surtiendo efecto
exclusivamente cuando se encuentre contratada
y siempre que se encuentre asegurado el edificio,
quedan garantizados los daños materiales producidos
al continente como consecuencia de derrame
de líquidos distintos del agua, cuyo origen sea rotura,
reventón o desbordamiento accidental y repentino
del deposito.
No quedan cubiertos…
a) Los daños al depósito y la recuperación
del líquido derramado.
 Arrendador
La persona física o jurídica que cede contractualmente
a otra, su derecho al uso de una vivienda, por
tiempo y precio convenidos.
 Inquilino o arrendatario
La persona física o jurídica que obtiene la cesión del
derecho de uso de una vivienda, a cambio del pago
de la renta.
 Renta o alquiler
El ingreso regular que produce una propiedad alquilada,
incluidos todos los conceptos que figuran en el
recibo.
 Juicio de desahucio
El procedimiento judicial dirigido a obtener el desalojo
de una vivienda por parte del ocupante o poseedor
de la misma..
Características del Riesgo
Domicilio de Riesgo:
Torre
Tipo Riesgo:
Unifamiliar Adosada Permanente
Coberturas
Capital Inmueble:
60000.00
Obras Reforma:
0,00
Capital Contenido:
18.000,00
Existencias Fijas:
0,00
Existencias Flotantes:
0,00
Cobertura
Capital
Franquicia
Robo/Expoliación
78.000,00
Roturas
78.000,00
Defensa Jurídica
3.000,00
Otros daños y prestaciones
78.000,00
Incendio
78.000,00
Daños por agua
78.000,00
Fenómenos Atmosféricos
78.000,00
Responsab.Civil
150.000,00
Ampliación Daños por agua
3.000,00
Asistencia Hogar
78.000,00

1 Respuesta

Respuesta
1

Como ya le hemos indicado, puede cubrir el atasco hasta 3000 €, siempre que cumpla con el resto de condiciones que figuran en la póliza. En nuestra opinión y sin conocer el total de los datos, si es posible que le cubra, pero en cualquier caso, si la compañía le indica que no le cubre, ha de indicarle el motivo concreto.

Si no esta conforme, ha de presentar una reclamación en el defensor del asegurado y le recomendamos se ponga en manos de un abogado que le ayude.

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