Piscina Comunitaria

Mi caso es un poco de risa, y es por el tema del uso de la piscina comunitaria. Vivo en una famosa localidad de la costa del sol y he salido algunas noches con mi pareja a tomar algunas copas. A la vuelta a casa con el calor del verano, pues nos ha apetecido darnos un baño en la piscina de la comunidad. Para ello hemos tenido que saltar la valla que nos llega a media cintura y nos hemos bañado desnudos pero de madrugada, a las 5 o 6 h.
Siempre hemos entrado al agua por la escalera, sin armar ruidos, sin chapoteos y de una forma discreta, susurrando.
La cuestión es que hay algunos vecinos con insomnio y ha estado mirando y se ha hecho vox populix en la comunidad el tema de mis baños nocturnos.
Habitualmente y por temas de trabajo no puedo usar la piscina porque el horario de apertura y cierre no es compatible con mi horario de trabajo laboral.
La comunidad no cuenta con socorrista. Así que creo que si salto la vaya, es igual que si la puerta estuviera abierta ya que carecemos de socorrista y lo hago totalmente bajo mi responsabilidad.
Una de las cuestiones que tengo es... Como propietario que soy... ¿no debería tener una llave de la puerta de la piscina? ¿No habría que hacer cumplir la norma igualmente para aquellos padres que dejan ir solos a sus hijos menores a la piscina? O a aquellos que dejan que sus hijos se comporten como cafres, ¿simplemente por qué están dentro del horario?
Me han amenazado con que la próxima vez que me vean en mis baños nocturnos van a llamar a la policía... ¿Pueden multarme? O simplemente llamarme la atención, porque si es así... Les quedan muchas veces que llamarla, porque en el sur hace mucho calor y yo me pienso seguir bañando cuando me de la gana que para eso pagamos el dineral que pagamos en la comunidad (120?/mes).
Mi enfado viene principalmente, porque aunque reconozco que hay unas normas comunitarias que hay que cumplir, es un mal menor, ya hay cosas más importantes como hacer que paguen los vecinos que deben más de 1000 euros de comunidad. O que arreglen la luz de la escalera ya que comenzaron la nueva instalación eléctrica del edificio hace 2 meses y seguimos sin luz en la escalera. Debo aclarar que el edificio no tiene ascensor y viven personas mayores.
Esta es mi consulta.

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Ciertamente tu caso es bastante gracioso, pero voy a intentar ponerme serio para ayudarte, aunque puede que algo de lo que diga no te haga mucha gracia.
Vamos a ver, esto es muy simple. Hay unas normas comunitarias que prohíben que te bañes en la piscina a las 5 de la mañana (e imagino que también está prohibido bañarse desnudo sea la hora que sea). Si tú incumples una norma comunitaria, puedes ser sancionado. ¿De qué sanción habló? Pues en este caso sólo de una amonestación verbal del Presidente de la Comunidad o tal vez por escrito.
Hasta aquí no parece que te vaya a afectar mucho, por lo que dices. También es cierto que bañarse desnudo en una piscina comunitaria, a cualquier hora, no puede encuadrarse como una falta contra el Orden Público del art. 635 del Código Penal, así que tranquilo por esto. Ahora bien, el hecho de bañarse una pareja desnuda, aunque evidentemente no implica que pasen a mayores, sí es un indicio claro de que pueden pasar. En este caso, y si por ejemplo a alguno de tus vecinos "con insomnio" le diera por grabarte con una cámara mientras tú estás haciendo según qué con tu pareja -me parece que soy suficientemente explícito- cierto es que no estás cometiendo ningún delito ni falta, pero podrías tener problemas de otro tipo, y aquí ya me estoy extralimitando en mis funciones.
Y todo ello sin pararme a hablar de las implicaciones morales que tiene todo esto, porque eso ya no me compete a mí.
Por último, estoy de acuerdo contigo en lo que dices de que hay cosas mucho más importantes que tu "caso", pero el hecho de que tus vecinos no paguen la Comunidad u otras facturas no te autoriza a saltar una valla para meterte en la piscina. La valla no es la puerta a pesar de que no haya socorrista.
En defintitva, todo lo más que te puede caer, bajo mi punto de vista, es una llamada al orden por parte del Presidente de la Comunidad o en una Junta de Propietarios, además de las iras de tus vecinos, que no es poco. En el ámbito del Derecho Penal no hay nada reprochable en tu conducta. Ahora queda en tu ámbito interno decidir qué es lo correcto, si seguir bañándote a las 5 de la mañana desnudo o poner aire acondicionado en tu casa.
Espero haberte sido de ayuda y si tienes más dudas pregúntamelas.

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