Plazo para reclamar

Recibí una liquidación paralela desde la conserjería de hacienda por una compra que realicé y han valorado el inmueble por mas cantidad de la que yo pagué. Al no estar de acuerdo quisiera presentar un recurso ante el TEAR directamente contra la valoración ya que creo que presentar recurso de reposición ante la conserjería será perder el tiempo. ¿De cuánto tiempo dispongo para presentar el recurso? Hace 1 mes y una semana que recibí la notificación ¿Estaría fuera de plazo ya o tengo tiempo?

Respuesta
1

El plazo para la interposición del recurso ante el TEAR es de un mes, como ha de constar en la notificación, por usted recibida, luego con arreglo a lo que manifiesta, estaría usted fuera de plazo.

Muchas gracias por su rápida respuesta, me gustaría preguntarle si podría todavía hacer algún otro tipo de recurso en plazo teniendo en cuenta que hace casi mes y medio que recibí la notificación.

Agradezco me aclare esto por favor.

Saludos

Pues lamento decirle que realmente no, ahora, siempre puede intentar presentar la reposición, y por esa vía aun cuando no se lo acepten por estar fuera de plazo, poder presentar reclamación al TEAR para meter también reclamación por la valoración, aunque ya le digo que esta fuera de plazo.

Una última cuestión abusando de su amabilidad. decía que puedo presentar reclamación por la valoración ante el TEAR. ¿Esto sería diferente a la reclamación que me indican en la notificación que puedo hacer contra la resolución en la que me piden el dinero? ¿Para presentar esta reclamación por la valoración el plazo es mayor a un mes y por tanto sí estaría a tiempo?

Muchas gracias, espero su respuesta porque veo que esto se me ha ido de las manos por culpa de los plazos.

Saludos.

Fatima

No, no es distinta, es la misma, a usted le piden el dinero en base a que valoran mas alto los bienes de lo que usted lo declaro, y usted al recurrir tiene que recurrir la valoración, no el hecho de que se le reclame mas dinero. Como le dije el plazo ha vencido, puede intentar presentar la reposición y cuando se la desestimen por extemporánea recurso en el TEAR, contra esta, si bien lo normal, es que no entraran en el fondo del asunto.

Ok muchas gracias por su colaboración una vez más. Haré una reclamación contencioso-administrativa contra la forma en que han hecho la valoración a ver si me la aceptan.
saludos

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas