Derecho a pensión de jubilación SOVI

Mi madre ha solicitado la pensión de jubilación del SOVI y se la han denegado por no tener cotizados los 1800 días necesarios; ella tiene 1736 días y hace un par de años le dijeron en la Seguridad Social que el Estado donaba unos días por año trabajado; ahora en la Seguridad Social le dicen que no saben cuántos son ¿es cierto que el Estado dona días? Y, de ser así, ¿Cuántos días son?. Muchas gracias.
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Los días que te bonifican dependen de la edad que tuviera tu madre el día 1 de enero de 1967. En la siguiente escala se muestran los días que se le añadirán a los efectivamente cotizados. En la primera columna aparece la edad que tenía el 1/1/67 en la segunda los años que le bonifican y en la tercera los días que le bonifican. Ejemplo: si tu madre el 1/1/67 tenía 54 años le añadirán 23 años y 118 días de cotización. Otro ejemplo, si el 1/1 67 tenía 21 años le añadirán 250 días cotizados.
Edad Años Días
54 años 23 118
53 años 22 233
52 años 21 347
51 años 21 97
50 años 20 212
49 años 19 326
48 años 19 76
47 años 18 191
46 años 17 305
45 años 17 55
44 años 16 169
43 años 15 284
42 años 15 34
41 años 14 148
40 años 13 263
39 años 13 12
38 años 12 127
37 años 11 242
36 años 10 356
35 años 10 106
34 años 9 220
33 años 8 335
32 años 8 85
31 años 7 199
30 años 6 314
29 años 6 64
28 años 5 178
27 años 4 293
26 años 4 42
25 años 3 157
24 años 2 272
23 años 2 21
22 años 1 136
21 años 0 250
Según tengo entendido esta bonificación se utiliza para acceder a la pensión de jubilación normal, no a la SOVI, aunque de todas formas te aconsejo que te informes mejor en el INSS, por si acaso.
1 saludo. Si tienes alguna cuestión más no dudes en plantearla.
Esa tabla ya la había visto, pero de lo que he podido leer deduzco que "regalan" los días, pero no se pueden sumar a lo que se tiene cotizado, sino que se elige entre lo cotizado y esos días. Yo me refería a algo que llaman "días cuotas" y que me parece que son para compensar las pagas extraordinarias o algo así; lo que pasa es que me han comentado que creen que desde el 1 de enero del 2008 ya no existen. No sé si es cierto o no ¿Sabes algo de esos "días cuota"?. De todas formas muchas gracias por tu respuesta.
Respecto a lo que te explico arriba, no es que tengas que elegir, sino que te los añaden a los días cotizados, pero siempre que hubieras cotizado con anterioridad al 1/1/1967. Al resto no. ( de eso estoy seguro, pero se aplica a la pensión de jubilación ordinaria, lo que no se es si se aplica también a la pensión SOVI)
Y respecto a lo que me preguntas, ten en cuenta que antes si se tenían en cuenta esos días(que no son otra cosa que la consideración de los días cobrados en concepto de pagas extras, como días cotizados), pero la Ley 40/2007 introdujo una modificación en la LGSS.
La letra b del apartado 1 del artículo 161 de la LGSS dice: para acceder a la pensión de jubilación es necesario:
b. Tener cubierto un período mínimo de cotización de quince años, de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho. A efectos del cómputo de los años cotizados no se tendrá en cuenta la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias.

Es lo único que te puedo decir, pero de todas formas te recomiendo que pases por el INSS y confirmes lo que te expliqué en la primera pregunta; siempre que tu madre cotizara con anterioridad al 1/1/1967.

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