Cómo amonestar a un trabajador que hace lo que le da la gana en la empresa

Un empleado en nuestra empresa hace otro tipo de trabajos por su cuenta en nuestra propia empresa y en horas de trabajo, además utiliza la furgoneta de la empresa para uso propio, va cambiando constantemente la fecha de jubilación (va a cumplir 64 años) y no nos permite adoptar decisiones para el normal funcionamiento de la empresa (cubrir su vacante para cuando se jubile), pues corremos el riesgo de que coja una baja si la empresa decide contratar a una persona en su puesto de trabajo, tampoco quiere acudir a trabajar a los sitios que le encomienda su jefe si no le gusta el lugar o simplemente no le da la gana de ir... ¿Qué se puede hacer?

Respuesta
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Caben amonestaciones y sanciones, no obstante sin saber el convenio aplicable es difícil precisar.

Escríbame a [email protected] para más información y ver si puedo ayudarle de forma más precisa.

Convenio Comercio del metal

¿De qué provincia?

Vizcaya

Según el Convenio de Vizcaya, de las conductas que menciona habría dos faltas calificadas como graves:

2.2. La desobediencia a las órdenes o instrucciones de la Dirección de la empresa

O a quienes se encuentren con facultades de dirección u organización en el

Ejercicio regular de sus funciones en cualquier materia de trabajo incluidas las

De prevención y seguridad en el trabajo. Si la desobediencia fuese reiterada o

Implicase quebranto manifiesto de la disciplina en el trabajo o de ella se derivase perjuicio para la empresa o para las personas de riesgo de accidente será

Calificada como falta muy grave.

2.3. Descuido importante en la conservación de los géneros o del material de la empresa.

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