V.p.o

Hola, soy Jose, a ver si me puedes ayudar, pues estoy liado con eso de la nueva ley sobre las vvdas. De VPO. Verás, yo tengo un inmueble, que es donde vivo actualmente, es un piso de 3 dormitorios, cuya construcción aproximadamente, será de unos 20 0 21 años de antigüedad. Está calificada como VPO, pero: ¿Puedo yo descalificarla según la nueva ley?. Y pregunto esto, no sólo por curiosidad, sino porque quiero venderlo y comprar otro, pues aquí no se puede vivir ya!
No se si lo que marca la nueva ley es un plazo determinado, o bien una cuantía determinada. Necesitaría saberlo. Por cierto: Yo no puedo comprar una vivienda también de VPO si vendo la mía, ¿verdad? Me refiero porque ya tengo otro inmueble, el cual alquilo.
Bueno, lo dicho, lo que necesito saber, es todo respecto a si puedo descalificar mi vivienda, y los detalles. (Nota, el piso es de 3 dormitorios, y está ubicado en Rincón de la Victoria, un municipio de Málaga).
Espero tu respuesta, gracias, y un saludo.

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SOLO TIENES QUE SOLICITAR LA DESCALIFICACIÓN Y TE DIRÁN LO QUE CUESTA LO PAGAS LO ESCRITURAS Y SE TERMINO LA VIVIENDA DESCALIFICADA, cualquier vivienda pasados los 5 primeros años se puede descalificar, en algunos casos incluso antes, dependiendo del tipo de clasificación que tengan.
Para comprar una vpo lo que tienes que hacer es decir que te la quieres comprar como primera vivienda y claro que puedes, la ley dice que no puedes comprarla es como segunda residencia, la VPO son para vivir en ellas, por lo demás no deberías tener ningún problema.

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