Alquiler piso

Hola,
estoy interesado en alquilar un piso o estudio.
¿Es posible hacer un contrato de arrendamiento especificando un año de alquiler, y poder marcharme antes, dando un mes de preaviso sin tener alguna penalización económica?
Mi situación es la siguiente, tengo que irme de alquiler en breve mientras finalizan las obras de un piso que me he comprado (entre 6 y 9 meses tardarán en dármelo).
¿Qué me recomiendas que acuerde en el contrato que pueda ser más ventajoso para mi?
Muchas gracias por todo,
Un saludo.

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Sí, debes pactarlo claramente en el contrato tal y como lo dices.
Hay escasedad de vivienda de alquiler así que no te será fácil, sí adelantando el alquiler, digo el pago.
Sólo debes especificarlo bien.
Hola de nuevo,
entonces si firmo un contrato de alquiler por un periodo de un año y no aparece ninguna clausula donde se especifique penalización alguna, ¿por ley que es lo que ocurriría si me marcho antes? ¿En caso de tener alguna cuantía, cuál sería?
Gracias de nuevo,
Un saludo
En este caso tenemos que ir al código civil pues la lau no dice nada.
Hay que cumplir lo que has pactado.
Si has pactado un año debes cumplirlo.
Lo que pasa es que el propietario no tiene toda la fuerza del mundo para hacértelo cumplir, lo podrías solucionar con un mes de penalización por ejemplo.
Pero legalmente debes cumplir lo que pactas, cumplir el año o pagar el año.

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