¿Cómo funciona exactamente lo de la duración (obligatoria) del alquiler?
Voy a redactar un contrato de alquiler y seguramente querré que sea solo por 2 o 3 años. He encontrado esto por Internet->
Excepción al sistema de prórrogas. La duración del contrato puede ser menor
en el caso de que el arrendador necesite ocupar la vivienda arrendada antes del
transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí, siempre
que esta necesidad haya sido conocida al tiempo de la celebración del contrato y
conste expresamente en él.
¿es correcto? ¿Al menos como propietaria me queda el derecho a recuperar la casa antes si necesito volver yo? ¿Cómo lo especifico en el contrato para que esté claro y sea legal?