Presidente no cumple resolución comunidad general

Soy responsable de una empresa de mantenimiento, la cual presentó oferta en una Comunidad de Propietarios la cual en junta general( celebrada el 17/04/2008) acordó la contratación de nuestra empresa a pesar que la empresa conservadora actual que igualó el precio que estaba cobrando anualmente bajando 28000 euros anuales. La administradora ha hecho todo lo posible, para retrasar la entrada de mi empresa, firmando los contratos con fecha 01/06/2008 y cual fue nuestra sorpresa que nos encontramos un burofax con fecha 03/06/2008, haciéndole firmar a la presidenta el desistimiento de dicho contrato, tras reunión con la administradora y la multinacional que tenía el mantenimiento, sin hacer una nueva reunión de la comunidad.
Nuestra empresa rechazamos este desistimiento por ser ilegal porque esta decisión va en contra de la la resolución de lacomunidad en junta general.
¿Puede el presidente hacer este desistimiento de contrato por sé?
¿Qué pueden hacer los propietarios que votaron a favor de nuestro empresa para que se cumpla el mandato de la Junta general de comunidad?
Respuesta
1
Los propietarios podrían impugnar la actuación del presidente de la comunidad que ha sido contraria a un acuerdo de la junta general (que es un órgano soberano).
Usted podría demandarlo y reclamar el cumplimiento del contrato o la indemnización de daños y perjuicios.
Somos un despacho de abogados especializado en derecho civil si necesita mi ayuda me puede llamar al 607648981 (preguntar por José Ortiz). Las consultas son gratuitas, si iniciáramos algún trámite le daríamos previamente un presupuesto.

1 respuesta más de otro experto

Respuesta
1
Pueden los propietarios solicitar la convocatoria de junta y reclamar que se haga cumplir lo estipulado en la misma, el presidente per se no puede realizar actuaciones sin previo acuerdo de la comunidad de propietarios y además se puede obligar judicialmente al cumplimiento de lo acordado no solo por parte de su empresa (ya que podría cambiarse por una indemnización de daños y perjuicios) sino que los propietarios que votaron a favor de otra empresa envíen escritos al presidente señalando que en caso de desistimiento no ocmunicado a la comunidad el será el responsable en caso de abono de cualquier indemnización por el no cumplimiento de lo acordado
Mucha gracias arini6, por tu asesoramiento :
El día viernes 6 del actual, se le ha dejado a los propietarios ( en una comunidad de 20 portales ) un escrito firmado por el presidente en el que se le informa del desistimiento que ha hecho por bajada del precio por parte de la multinacional de 48000 euros cobrados en el 2007 pasa a cobrar 15000 euros anuales (precio fijado el 1er. año por nuestra empresa ). Este desistimiento lo ha hecho antes de los 7 días de la firma del contrato efectuado el 28/05/2008.
Ante la posibilidad de solicitar indemnización de daños y perjuicios ¿se podría solicitar si se demuestra la ilegalidad de la decisión, al ser contraria a la junta general?.
Podríamos rechazar ese desistimiento por tener certeza de que es ilegal al no tener el consentimiento de la Comunidad aunque haya informador por medio de un escrito dejado debajo de la puerta.
¿Si realizáramos una contraoferta podría el presidente aprobarla como hizo con el desistimiento de nuestro contrato?
Recibe un afectuoso saludo :
(xxxxxx)
La indemnización no puede solicitarse en base a la ilegalidad del desistimiento pero si podéis mediante una carta o burofax que no es legal el desistimiento al no haber sido aprobado en junta y que por tanto el contrato sigue vigente, por lo cual, deberá entenderse que el desistimiento unilateral del presidente generará una indemnización por daños y perjuicios equivalente al precio por día que se imposibilita para prestarse el servicio, más los intereses legales y los posibles gastos en caso de llegar a procedimiento judicial. Así te hará prueba en un posible procedimiento y además determinas la posible indemnización, pero de por sí por la ilegalidad del desistimiento no.
En cuanto a una contraoferta, todas ellas deben aprobarse en junta de propietarios así que ue te encontrarías con el mismo problema pero en tu contra.
Muchísimas gracias creo que tu asesoramiento ha sido ponderado y ajustado a derecho, según mi humilde opinión, espero contar abusando de tu amabilidad de tu experiencia y conocimiento, si no te importa te informaré de los aconteceres con este presidente y la comunidad.
Recibe un afectuoso saludo.
(xxxxxx)

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas