Puesta en marcha de un Centro de Transformación

Soy un promotor de viviendas que he tenido que dejar un centro de transformación para Sevillana-Endesa en el interior del bloque. Después de varias revisiones al mismo para sacarle deficiencias y retrasar la puesta en marcha me han dicho que ya esta correcto y que van proceder a solicitar lo que ellos dicen como "el descargo" y de esa manera se planifica la fecha del corte del suministro para proceder a ponerlo en tensión. Mi pregunta es: ¿Hay algún plazo legal desde que se solicita el descargo hasta que se realiza el corte y puesta en tensión del CT? ¿En caso de ser así, en que norma esta regulado este procedimiento?

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No hay ninguna normativa que regule en tiempo el plazo de conexión del edificio por parte de la compañía.
El descargo, es el corte de la linea del sector donde ellos van a conectar la entrada de la CGP de tu edificio, por lo que, la fecha del descargo, es la misma que la de la conexión de tu edificio.
Una vez tu edificio tenga todo el papeleo vigente (eléctrico me refiero) pasan a solicitar una fecha para un descargo, ese mismo día tendrás el edificio en tensión.
Cuenta que el famoso "descargo" es un procedimiento de seguridad interno de la compañía, así que ellos mismos se lo guisan y se lo comen!

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