¿Puede iberdrola rescindirme el contrato si no saco el contador de la luz a la calle?
Tengo una vivienda en la que no resido y que voy en muy pocas ocasiones. Doy lecturas del contador de tanto en tanto, cuando voy a la casa. Acabo de recibir una notificación de Iberdrola en la que me dan un plazo máximo de 2 meses para realizar las modificaciones necesarias en mi instalación para que el contador quede accesible a sus lectores de forma permanente, en caso contrario me dicen quee se verán obligados a interrumpir el suministro eléctrico a partir del día x de acuerdo con la legislación vigente (R.D. 1955/2000 y 1110/2007) que permite incluso la resolución del contrato
¿Pueden hacerlo? ¿Pueden dejarme sin luz?. Otra duda que tengo es que si yo saco el contador a la calle, entonces estaré cambiando la acometida y por tanto ¿tendré qué hacer nuevo boletín? ¿Habría de cambiar también el contrato?
Mi contador es de los antiguos, ya que se trata de una vivienda antigua en el medio rural.
Me quedan 5 semanas para que se cumpla el plazo de la amenaza... ¿es legal esto que me dicen?