Llenado de piscina nueva

En la comunidad de Madrid está prohibido llenar y vaciar piscinas, pero tengo varias dudas, ya que el decreto 97/2005 (BOCM 233) es bastante genérico haber si me puedes ayudar por si conoces casos concretos:
La urbanización donde tengo mi casa y parcela de autoabastece de agua (pozos propios. No pago el agua al canal de Isabel II) ¿También estaría prohibido?
¿Puedo llenarla comprando el agua? (Camión cisterna)
Si para instalarla necesito llenarla para probarla ¿qué hago? ¿Qué yo sepa no está prohibido instalarlas?
Referente a la licencia de obras para la instalación de la misma:
¿Cómo lo valoran? (Lo que cobran vamos)
¿Siempre las? ¿Dan?
Bueno, casi parece más una consulta jurídica que otra cosa, espero que conozcas casos recientes de montajes en Madrid y me puedas ayudar.

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Tu pregunta es una constante desde la publicación de la ley yo pienso que hay que ser respetuoso con las leyes y hay una solución y es la de mantener el agua mediante tratamiento de invernaje y en su defecto recuperar el agua. No es costoso ni complejo es la alternativa que están poniendo en practica la mayor parte de personas que no quieren tener ningún problema legal. En www.construagua.com están regalando las 10 reglas para invernaje de piscinas. Solicitalo .
Gracias por tu respuesta tan rápida.
De todas formas no me ha quedado muy claro:
- Lógicamente lo mejor es mantener el agua de la piscina durante años, pero si es una piscina nueva ¿no se puede llenar bajo ningún concepto?
Saludos
Nueva ordenanza para la gestión y uso eficiente del agua en Madrid capital
El martes 31 de enero, el Ayuntamiento de Madrid aprobó, en pleno municipal, una nueva ordenanza sobre gestión y uso eficiente del agua en la ciudad, donde su demanda va en aumento, y ante la situación de escasez de agua existente en la zona. Entre otras muchas medidas, el nuevo texto se refiere en el artículo 30 a las piscinas. En él se determina, entre otros aspectos, la creación de un registro municipal de piscinas tanto públicas como privadas que deberán pasar unas revisiones periódicas que demuestren su estanqueidad y la posibilidad de, en situación de sequía o escasez de recursos, restringir el llenado o vaciado de éstas. Recordemos, que el pasado mes de septiembre, la Comunidad de Madrid puso en marcha el decreto 97/2005 por el que se tomaban medidas excepcionales para la regulación del abastecimiento del agua, entre otras, precisamente, la prohibición de vaciar o llenar ninguna piscina a partir de aquel momento. Desde entonces la ATEP ha incrementado el contacto con la administración con la finalidad de encontrar una solución más óptima, tanto para el medio ambiente (ya que la medida que afecta a piscinas es incongruente respecto a las que afectan a otras actividades o sectores consumidores de agua) como para el sector. Recordemos, que tan sólo en la Comunidad de Madrid la aplicación de este decreto afectaría directamente a 25.000 puestos de trabajo.

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