Estación transformadora

¿Sabéis según la nueva normativa electrotecnica de baja tensión española a partir de que potencia se ha de prever un cuarto para disponer de una estación transformadora?

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No creo que tenga que ver con el nuevo reglamento. Según las normas de sevillana (si es otra compañía la que suministra quizás cambie) puedes utilizar trafos de intemperie hasta 250kva. De ahí en adelante necesitas hacer un ct cubierto.
Bien, estudiando la normativa, en su articulo 13, veo que se tiene que tener en cuenta el reglamento de transporte, distribución, comercialización... y si voy a ella, creo entender que su supero los 100 KW de potencia tengo que colocar CT. ¿Voy por buen camino?
En la antigua RBT-73, te lo exigían a partir de 50 Kva ¿no?
Gracias
Es la 2 vez que intento responderte y me da un error. No encuentro nada ni en ese reglamento ni en el de centrales elctricas. El de transporte no lo tengo. Mira, no des más vueltas, llama a la consegeria de Industria de tu ciudad, pide que te pasen al técnico que lleve alta tensión y preguntale, si no pregunta en la Cia. Lo siento pero unicamente en las normas de sevillana lo encuentro

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