Suplidos

Bueno después de leer sobre como contabilizar los suplidos sigo hecho un lío.
Mi caso es el siguiente:
La empresa se dedica a la venta de coches. Aparte de la venta, le facturamos al cliente los gastos de matriculación, que previamente nos ha facturado a nosotros la gestoría con sus respectivos suplidos (Impuesto Municipal de Circulación y Tasa Jefatura de Tráfico).
¿Cómo se debe contabilizar esa factura?
Muchas Gracias
Respuesta
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Zergi,
Si tú eres comisionista, pues cobrarás un dinero por las gestiones que realizas, y por estas gestiones harás una factura con su iva correspondiente. Si tú te dedicas a hacer de intermediario cobrarás por la prestación de servicios que realizas, es decir cobrarás por realizar la operación de adelantar el dinero. Por lo tanto lo que corresponde a tus servicios sería: (43) a (70), pero el resto seguiría siendo como bien dices a la (55)
Por tanto, lo que tiene que estar claro es cuál es el servicio que es propio de tu actividad y por el que repercutes iva, y luego cual es la labor puramente mediadora.
Espero que esto aclare tus dudas, sino no dudes en consultarme de nuevo.
Zergi,
los ingresos que tú contabilizas son los que se derivan de la prestación de servicios que tú realizas no de la operación de intermediación que haces con el pago de gastos a cuenta de un tercero. Por tanto, si el coche vale 12.000 y los gastos suplidos son 3.000 por ejemplo, se contabilizaría:
12.000 (430)
3.000 (55) a 700 15.000
Obvio la contabilización del IVA, que sería solamente aplicárselo a los 12.000.
Cuando te paguen el importe pues darás de baja las cuentas 430 y 55. Así tendrás exactamente en la cuenta 430 lo que has facturado a tu cliente por la venta y en la 55 estarán todos esos gastos que has pagado por cuenta de tu cliente pero que no tienen nada que ver con tu negocio.

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