Duda contable

Querido amigo, he comprado unas placas de prohibido fumar para colocarlas en mi empresa y no se en que cuenta debo de contabilizarlas.
Muchas gracias y un saludo
Respuesta
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1º. Las PLACAS permanecerán en poder de la empresa (en su patrimonio) durante MÁS DE UN EJERCICIO económico. Así pues, tienen la naturaleza de ELEMENTOS DEL INMOVILIZADO MATERIAL y como tales, su adquisición se imputará a una cuenta de detalle de la partida (229) del PGCE.
2º. Si por su escaso valor relativo y su fungibilidad (posibilidad de deterioro o de pérdida) prefiere usted imputar su compra como GASTO CORRIENTE, deberá registrarla contablemente en una cuenta de detalle de la partida (629) del PGCE.
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. Le agradeceré que FINALICE la pregunta VALORANDO mi respuesta A LA MAYOR BREVEDAD. Siendo un foro gratuito, la única retribución de los expertos es la valoración que los consultantes hagan de nuestras respuestas. Una vez FINALIZADA y VALORADA esta consulta, no dude en plantear NUEVAS preguntas para resolver sus dudas.

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