Hay varias formas de contabilizar las provisiones en función de lo que se quiera controlar. Te detallaré el modo en que yo lo hago que no es ni mejor ni peor que otros. En primer lugar, la provisión siempre se entrega a alguien, gestor, notaría, etc. A esa persona (física o jurídica) la llamaremos X. La provisión la suelo controlar a través de una cuenta 408 PROVISIONES DE FONDOS. En nuestro caso, abriría una cuenta 408.1 Provisión de fondos X y haría el siguiente asiento en la fecha en que se realizara la aportación: 408.1: A Debe. 572: A Haber. Posteriormente, se irán recibiendo las diferentes facturas que tendrás que contabilizar como si se tratara de cualquier otro proveedor, en su fecha de factura. Por ejemplo. 623: B Debe. 472: C Debe. 410: DE Haber. Finalmente, cuando se realice el pago, en la fecha en que ésta se realice (te lo tendrán que justificar de alguna manera) haríamos: 410: DE Debe. 408.1: DE Haber.
Lo siento, no me he debido expresar bien. Me refiero a una provisión recibida de un cliente. Muchas gracias
Te has expresado perfectamente. He sido yo que he leído demasiado rápido tu pregunta. Perdona. Para el caso que planteas, le aplicaría el mismo tratamiento. Utilizaría una cuenta 439 PROVISIONES DE FONDOS. Siendo POR el cliente, abriría una cuenta 439. POR Provisión de fondos X. En la fecha en que os ingresaran los fondos: 572: A Debe. 439.X: A Haber. Luego se irían generando las siguientes facturas (notaría, registro,...). Todas esas facturas deben ir a nombre del cliente X por lo que no has de contabilizar ni gasto ni ingreso. Solo su pago, contra la cuenta de la provisión. Es decir, si DE es el importe total de una factura cualquiera, en la fecha en que se pague: 439. X: D Debe. [S/FRA. 0824/12-03-09 NOTARIA SCP] 572: DE Haber. Para terminar, emitirían vuestra propia factura que evidentemente tendrás que contabilizar como ingreso y cobrártela de la provisión. Si E es el importe total de la misma, harías: 439. X: E Debe. [N/FRA. 5472/30-04-09 GESTORIA SL] 430.x: E Haber. El saldo resultante tendrás que devolvérselo al cliente haciendo: 439. X: F Debe. 572: F Haber.