Amortizaciones

Buenas tardes,
Hemos comprado material de construcción para hacer reformas en nuestro establecimiento, pero las reformas las hacemos por cuenta propia (no tienen ningún coste). Mi pregunta es si el coste del material de construcción lo debo amortizar como si tuviera la consideración de "construcciones", o bien se considera un gasto.
Gracias.

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Respuesta
1
En tal caso si son reformas dentro del edificio habría que considerarlas como 212 si son para mejorar el proceso de venta o productivo.
Si solo son reformas de adecuación de los locales para una mejor distribución del espacio o modernización entonces en la 215.
Si es un arreglo, porque el edificio no esta en condiciones para el trabajo entonces como gasto en 622.
En ambos caso el IVA es deducible.

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