Impuesto de sociedades y legalización de libros

Te quería preguntar si sabes si hay que incluir el cálculo del impuesto de Sociedades en los libros a legalizar en abril.
Me asalta esta duda porque si no hay que incluirlo, realmente quedaría un asiento por hacer en la contabilidad de 2009 y que estaría reflejada en los libros que sería el que refleja el impuesto sobre los beneficios a pagar. Pero es que realmente no se puede saber porque todavía no está en la web de aeat el programa de ayuda del impuesto de sociedades de 2009.
En fin, no se que hacer ¿lo incluyo o no?
Otro tema es el libro de inventarios y cuentas anuales ¿qué incluyes en él?
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Mejor sí pero no tiene mucha transcendencia. El inventario es el balance al máximo detalle de subcuenta y dentro de esta si hay varios elementos, enumerados y valorados.
Saludos y perdón por el retraso, he estado indispuesto.

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1) Es obligatorio hacer el asiento del impuesto, salvo en PYMES y que sean negativos.
2) No está el programa, pero puedes hacer una estimación de como saldrá en hoja de cálculo, y contabilizar según el resultado de la hoja.
3) Ademas, ten en cuenta como se contabilizan las diferencias permanentes, las temporarias, las deducciones, etc...
Por otro lado, el Libro de Inventario y Cuentas Anuales incluye:
- Inventario de bienes de la empresa, que son, el Balance de sumas y saldos, de apertura, de enero a marzo, de enero a junio, a sept y a dic. Si el programa te saca el balance de apertura en los trimestrales, eso que te ahorras.
- Inventario (resumido) de stocks (existencias)
- Cuentas Anuales: Balance, Cta de Pérdidas y G, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, Estado de Flujos de Tesorería (si lo tienes que hacer) y la Memoria.
Un faenon.
Yo legalizo hasta donde puedo, y luego, por ej., la memoria más tarde
Muchísimas gracias!
La verdad ee que me has ayudado muchísimo. Solo una cosa más
¿A qué te refieres con?
"Yo legalizo hasta donde puedo, y luego, por ej., la memoria más tarde"
¿A qué no presentas la memoria ahora en abril y que ya lo haces cuando hay que depositar las cuentas?
Que como mínimo, legalizo en Inventario y Cuentas Anuales los Balances de sumas y saldos trimestrales, el Balance, la Cuenta de PYG y el estado de cambios en el Patrimonio Neto.
La memoria y el estado de Flujos de Tesorería, si no me da tiempo a acabarlos, luego (en Mayo), los legalizo como anexo o complementario

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