Modelo 347

Buenos días, mi pregunta es la siguiente. Un proveedor me hace un recargo financiero del 1% dentro de factura de compra de mercaderías. Este recargo lo calcula aplicando el 1% sobre la base imponible. Por lo tanto el total de factura es la suma de la b.i. + iva + recargo financiero. Este recargo no lleva Iva, lo suman directamente con el total de factura. Este proveedor y yo tenemos diferencias a la hora de hacer el 347, el proveedor lo computa todo como operaciones con terceros, pero yo creo que sólo debería computar la base imp. + iva, mientras que ese recargo debería computarse como gasto financiero.
¿Me podéis aclarar un poco el tema?
Gracias de antemano
Respuesta
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Lo debes de computar como el, ahora, si tenéis diferencias a la hora de contabilizar, esto te supondrá un problema, háblalo con el proveedor y poneros de acuerdo para contabilizar este asiento.

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