Préstamo administradores

Hola, buenas tardes
Tengo una duda sobre como contabilizar un préstamo solicitado por los administradores a su nombre y cuyo importe se ha traspasado de su cuenta a la cuenta de la sociedad, y esa duda es si contabilizarlo a la 551 o 171/521.
Gracias anticipadas por vuestra respuesta,

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Al tratarse de un préstamo lo más correcto es que se contabilice en la cuenta 171. Porque me imagino que será bastante cantidad y a largo plazo.
Digamos que se supone que es una deuda que tiene la empresa con alguien que en este caso coincide que es un socio, que a su vez la tiene con el banco.
La 551 es para cosas a corto plazo.
Entonces, como se trata de un préstamo a largo plazo, pero las personas que lo solicitaron son administradores de la empresa, ¿debe ir a la 171?
Gracias
Es importante valorar cuanto tiempo va a tardar en pagarse dicho préstamo a los socios. Si el periodo supera el año, esta claro que debe ir en una cuenta del grupo 1, que las más apropiadas serian la 170 y 171.
Hay que tener en cuenta, que consultando el plan contable, la cuenta 551 aparece en el balance en el activo corriente, es decir se trata de una deuda a corto plazo. Por eso si es a largo plazo no puede quedarse en esa cuenta. (Si es a corto plazo si se podría).
Te comento un caso del estilo: en la asesoría donde trabajaba alguna empresa pidió prestamos a nombre de un socio, en vez de a nombre de la sociedad, pero eran claramente para el negocio y no para fines particulares; y en este caso se contabilizó en la cuenta 170. (Como si fuera un préstamo normal). Esto también puede ocurrir con determinadas cuentas bancarias. Lo ideal es que siempre este todo a nombre de la empresa, pero a veces se dan estos casos por determinadas circunstancias.
En caso de inspección lo importante es demostrar que ese préstamo es realmente para la empresa y especificar en que se ha empleado.

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