Hola, me gustaría saber como contabilizar una desgravación por inversión en energías renovables(2%) y como reflejar esto en el impu. De sociedades, para una empresa que ha dado perdidas con el fin de diferir esta desgravación
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Respuesta de mosi06
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mosi06, Economista. Actualidad Jefe de Administración. Colaboraciones con...
Hay que distinguir entre resultado contable y resultado fiscal, las deducciones de la cuota por inversión en energía renovable, es una deducción fiscal, que habrá que ajustar al realizar el Impt.s/sociedades en el apartado correspondiente de deducciones que viene expresamente detallado. Comentarte que las diferencias permanentes y las deducciones pueden imputarse a resultado en varios ejercicios, es decir, el pgc lo permite cuando se perciben estas deducciones y tengan una naturaleza similar al de una subvención, es decir, si disfrutas de una deducción por adquirir inmovilizado podrás llevar la deducción a resultado a medida que amortices el inmovilizado. Cálculo del isoc: Bº/Pª del ejercicio (Rtdo. Contable) + Ajustes + al resultado (multas, ...) - Ajustes - al resultado (libertad de amortización, ...) - B.Imponibles - ejercicios. Anteriores = B.Imponible del Ejercicio * T gravamen que corresponda = Cuota Integra - Deducciones y bonificaciones (aquí se introducirá la desgravación) = Cuota Líquida (este es el importe que se lleva a la 630) - Pagos a cuenta = Cuota Diferencial
Muchas gracias. Solo una duda, según me comentas puedo aplicar la desgravación según amortizo, pero según me han comentado, a desgravación es libre durante 4 años, plazo máximo para poder aplicar esa desgravación. ¿Sabes algo de eso?
Cuando existe libertad de amortización, se va a producir un ajuste negativo en el cálculo del isoc (según te he detallado en el cuadro anterior), es decir, minora el resultado contable aún más. Es decir, contablemente tendrás que amortizar un %, pero fiscalmente te permite el 100% para determinadas empresas o inversiones, que puede ser tu caso. Como tú pregunta iba referida también a la imputación parcial de la desgravación, te hacía el comentario de la posibilidad de imputar un % de esa desgravación, según imputaras la amortización del bien.