Cuenta 227

El teclado mecánico, ratón, etc... ¿entraría en la cuenta 227 (equipos para procesos de información)?
Tengo también otra pregunta: si tengo una factura en concepto de gasto de mobiliario, y este importe es pequeño (ej. ¿70?), puedo llevarlo directamente a gasto de material de oficina, ¿y no a mobiliario? Lo digo porque es una cantidad pequeña y las cantidades a amortiza pueden ser ridículas.

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Efectivamente, el teclado, ratón y demás componentes relacionados con los ordenadores se contabilizan en la cuenta 227.
En cuanto al mobiliario, los inmovilizados que no superen los 601,01 euros puedes llevarlos directamente a la cuenta de gasto, y si supera este importe has de contabilizarlo como inmovilizado y amortizarlo.

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