Herencia

Hola, ante todo expresar mi gratitud.Mi caso es que mi marido heredó medio piso al fallecer su padre.Su madre es usufructuaria de la otra mitad.El piso tiene una hipoteca a nombre de mis suegros, la cual pagamos nosotros, lo mismo que la contribución, seguro... Y todos los gastos.Nos gustaría poner a nuestro nombre el piso y la hipoteca.Mi duda es, que coste supondría esto y si hay alguna forma de que si mi marido fallece yo pueda continuar en el piso al no tener hijos.Si es necesario que él haga testamento o cual sería la manera y con el menor coste. Gracias por todo.

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Para cambiar de nombre la vivienda, la mitad que es de tu marido, no le va a costar nada, inscribirlo y ya está, pero si lo que queréis es que sea de los dos tenéis que hacer una compraventa, os venderían los anteriores dueños (tu marido un 50% y su madre 50%) a vosotros en escritura pública y claro eso si tiene gastos, los de escritura y los de transmisión.
Yo te recomiendo que vayas a un notario, porque para que tú te puedas quedar en la casa si a tu marido le pasa algo tendría que hacer un testamento o venderte una parte, y no sé si puede aportar a la sociedad de gananciales (al matrimonio) su parte o las dos. Esto te supondría menos gatos pero no estoy seguro que se pueda hacer, un notario te informará gratuitamente de todo esto y los gatos que supondría.
Con respecto a la hipoteca deberéis hacerla nueva si queréis que vaya a vuestro nombre y poder desgravarla, pero para hacer esto deberéis antes poner la casa a vuestro nombre.
Espero haberte contestado, si te queda alguna duda vuelve a escribirme. Suerte
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El piso debe ser la propiedad al 50% su marido y 50% su madre la cual además obstenta el derecho de usufructo vitalicio al 50%.
La mejor forma de poner el piso a nombre de los dos es que su suegra le venda a usted el 50% de su propiedad (quedarían usted y su marido dueños del piso a medias) manteniendo a su suegra el usufructo o vendiéndoles este a ustedes (mejor opción de cara a la entidad).
Informar a la entidad de dicha operación asuminendo ustedes la deuda que queda por pagar en concepto de pago por la venta. La entidad estará encantada de cambiar los deudores actuales por otros más jóvenes y que ofrecen más garantías de pago. La única pega que le pueden poner es respecto al usufructo si este se mantiene.
El coste de esta operación es relativamente bajo (depende de la valoración de la vivienda) en comparación con la compra de vivienda y constitución de préstamo ya que al subrogarse en la posición de deudores no pagaran impuestos ya que el préstamo ya tributó en su día.
Para garantizar que usted se quede con la propiedad de la vivienda en caso de fallecimiento de su marido es aconsejable que efectúe testamento a su favor si no en caso de que éste falleciese y su suegra viviera concurriría con ella en la herencia de los bienes de su marido. Para hacer testamento basta acudir a cualquier Notaria (coste 60-150 E dependiendo de los bienes incluidos). Una vez formalizado la propia Notaria comunica la formalización del testamento (sólo quien lo otorga, la fecha y el número de protocolo notarial, no su contenido) al Registro de Últimas Voluntades para que en caso de fallecimiento los herederos puedan verificar si el fallecido otorgó testamento y en que Notaria para poder conocer su contenido.
En caso de requerir más información no dude en contactar
De antemano, agradecerle el interés y la respuesta, muchísimas gracias.Mi duda actual es, si su recomendación es mantener a mi suegra como usufructuaria para que el gasto sea menor o formalizar la compra de ese 50% de vivienda en su poder.Y cuál sería el gasto aproximado de ambas operaciones.Muy agradecida.

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