Deducción vivienda: Deducí y al final no escrituro

HOla.
Quisiera saber que hacer en el supuesto que estoy.
Hace 2 años firme un contrato por una vivienda en construcción. Durante el primer y segundo año entregue unas cantidades al prontor las cuales me deducí en la renta.
Lo que ha sucedido es que al final no me he quedado la vivienda por no poder pagarla y no he llegado a escriturarla y he rescindido el contrato devolviéndome el promotor las cantidades que entregue en su momento.
Quisiera saber si tengo que hacer algo con esas cantidades que me deducí esos 2 años y si hay que devolverlas.
SI hay que devolverlas, ¿Dónde se refleja eso en el irpf?
Un saludo y muchas gracias.

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Evidentemente deberás devolverlas en el mismo año en que pierdas el derecho y ademas con intereses de demora así que si en 2004 es cuando rescindes el contrato de compra y recuperas las cantidades pagadas a cuenta, sera en esta declaración que harás ahora cuando las deberás devolver. Para hacerlo hay un apartado en el programa PADRE (página 11) "perdida de deducciones de ejercicios anteriores" para cumplimentarlo correctamente te recomiendo que te leas en la ayuda la explicación al respecto... para ir directamente Abre la ayuda del programa y en la pestaña Buscar... escribe deducciones indebidas... ya veras como te sale el capitulo. ¿Para hacerlo deberás tener delante las declaraciones de los años en que te desgravaste (2002 y 2003?) Y localizar los importes que te dieron derecho a la deducción (no serán los importes que pagaste, sino el que te descuentan del impuesto, vamos, para entendernos el 15%.. la cuota liquida la llaman ellos.) Pero léete las instrucciones bien ¿eh?

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