Devolución de iva

Acabo de darme de baja en hacienda de la actividad que desarrollé en los últimos 6 meses.
En estos 6 meses hice una inversión muy fuerte, reforma del local (30.000 eur.), renta, etc...
Vendí lo que pude, pero me sale a devolver una cantidad de iva muy importante (6.400 eur), y la voy a pedir ¿me lo devuelven sin más? O tendré problemas porque me dí de baja. Yo creo que me lo tendrían que devolver porque ahora al ser particular no puedo recuperarlo.
Gracias.
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Si la cantidad a devolver corresponde a un ejercicio de IVA no cerrado, podrás presentar el correspondiente imporeso debidamente cumplimentado y en principio no deberías tener problema para recuperarlo.

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Otra cosa importante procura tener preparados los registros de facturas emitidas y recibidas por si hacienda te los pidiera.
Es poca la información que me facilitas, pero en términos generales, te diré que si que siempre que tengas derecho real a la devolución la puedes pedir a Hacienda. Puedes hacerlo aunque te hayas dado de baja de la actividad. La presentación de la solicitud de devolución fuera de plazo no debe significar la perdida de tu derecho a la devoluciónque es mayor que la de presentar el documento dentro de plazo .Hay sentencias del TEAC, tribunal Económico Administrativo Central en este sentido, TEAC de 11-9-2002, TEAC de 10-04-2002.
Para ello has de presentar este mes de Enero el Resumen Anual del Iva junto con la declaración del 4º Trimestre y solicitar la devolución. Antes del día 30 de Enero. No te demores y hazla ahora ya que evitaras muchas molestias y retrasos.
Si tienes alguna otra pregunta no dudes en hacérmela.

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