A tod@s, he vendido este año una casa que mis padres me dejaron en Herencia -Donación, aparte del impuesto de Plusvalía que debo pagar al ayuntamiento correspondiente,¿qué otros impuestos debo declarar?. Últimamente todos los años estoy obligado a hacer la Declaración de la Renta.
Respuesta de dleto
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dleto, Licenciado en Empresariales y asesor de PYMES
Debes declarar la ganancia de la venta en el IRPF. La ganancia será la diferencia entre el valor de adquisición y el de venta reducida, en su caso, por los coeficientes de actualización. El valor de adquisición es el importe que se declaró a Hacienda en los impresos por los que se liquidó el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y la fecha de adquisición la que se señaló en las escrituras de donación. El valor de venta el que aparezca en las escrituras de venta. La diferencia tributará en el IRPF.
Que son los "coeficientes de actualización"
La ganancia por la que debes tributar en el IRPF se calcula de la siguiente manera: GANANCIA=VALOR DE VENTA-VALOR DE ADQUISICIÓN ACTUALIZADO El VALOR DE VENTA es sencillo, es el valor por el que has vendido la vivienda y es el que aparece en las escrituras de compra-venta de la vivienda. El VALOR DE ADQUISICIÓN es lo que se pagó por el inmueble más los gastos necesarios para la compra. En este supuesto lo que se "pagó" por el inmueble será el valor declarado en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Los gastos necesarios para la adquisición son el propio impuesto de Sucesiones más los gastos accesorios (escrituras, registro,...) Dependiendo del año de la compra Hacienda permite ACTUALIZAR este valor de adquisición para tener en cuenta parte del IPC. Por eso todos los años se publican unos COEFICIENTES DE ACTUALIZACIÓN. Para calcular el VALOR ACTUALIZADO del inmueble habrá que tomar la tabla de coeficientes vigente en el año de la venta y buscar el ella el coeficiente que corresponda al año de adquisición. Los coeficientes se publican en la Ley de Presupuestos Generales y se pueden consultar en Hacienda.