Hacienda

Hola me gustaría preguntarle lo siguiente:
El año pasado me me hicieron la declaración de hacienda en una gestoría, ya que había tenido la venta de una vivienda y la compra de otra,, ¿me pusieron que yo me comprometía a reinvertir 42000? En un plazo de dos años, evidentemente con un sueldo normal que tengo eso es imposible. Aun no he podido hablar con la gestoría que me hizo la declaración pero estoy muy preocuda, porque no se que repercusiones puede tener ahora en las siguientes declaraciones
¿Me podrías orientar un poco?
Muchas gracias

1 respuesta

Respuesta
1
Te han aplicado una exención del incremento patrimonial por la venta de la vivienda habitual;esto te compromete a reinvertir el importe obtenido en la venta (todo lo cobrado en la venta) en la compra de otra nueva vivienda habitual en el plazo de dos años. Si no lo haces en ese plazo, como tu indicas, tendrás que presentar liquidación complementaria correspondiente al año 2005, incluyendo el incremento patrimonial exento, junto con los intereses de damora.
Ojo, que si ya has comprado otra por un valor igual o mayor de lo que has obtenido en la venta de la anterior, no tienes de que preocuparte.
Hola muchas gracias por tu tiempo, te explico, yo vendí una casa por 23 millones de pts y compre otra por 25 mill, pero a medias con mi marido.
¿Estaría exenta de pagar a hacienda por que el valor de la que compre es superior a la que vendí?
¿Tendría qué hacer la declacion este año?
Perdona pero estoy hecha un lio con todo esto
Mil gracias
Al reinvertir el importe total obtenido en la venta(23+2), el incremento patrimonial está exento.
En cuanto a si estás obligada a presentar declaración o no, esto depende de varias condiciones. Pide cita para que te hagan la declaración en hacienda: no cuesta nada y no te obliga a suscribirla.
¿Perdona pero la primera casa era sólo tuya en propiedad? ¿La declaración era individual o conjunta?
Hola y gracias de nuevo, La primera casa era solo mía, y la declaración era individual ya que me case después de venderla
¿En qué porcentaje eres propietaria de la nueva vivienda?
El producto obtenido por la venta es privativo, de manera que deberás reinvertir los 23 obtenidos. Como sólo tienes la titularidad jurídica sobre el 50% del bien, sólo habrás reinvertido 12,5 (25x50%). ¿Cómo solucionarlo? Mediante una escritura pública de reconocimiento de deuda: tu marido deberá reconocer la deuda por el resto de importe hasta los 23 (23-12,5).

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas