Duda que me come la cabeza

Hola,
Tengo dos dudas siendo una de ellas la que me hace pensar más -la segunda-:
1.-En 2007 -sin estar sometido a IRPF- efectúe varias publicaciones en revistas científicas nacionales por las que me retuvieron el 15%. Mi pregunta es si, para que me devuelvan el importe de lo retenido, tengo que hacer la declaración de la renta o, aun realizándola, no me devolverán. En esa fecha no realicé trabajo remunerado -pues percibía una beca exenta por completo de IRPF-.
2.- En abril de 2008 la Universidad en la que presto mis servicios me ha hecho el contrato de la beca FPU -por la que recibo unos 16.300 e brutos al año-. Que sí está sometida a IRPF. Asimismo, este año, me han pagado por algunas publicaciones efectuadas -y de alguna que todavía queda por pagarme- estimo que unos 1.600 euros brutos. De ambos extremos me han retenido lo que corresponde de IRPF. Pero mi duda es si, al venir los pagos de diversos sujetos, a pesar de no llegar a los 22.000 euros brutos, ni de cerca, al año debo hacer la declaración de la renta -para 2009-. Si debo hacerla ¿Hacienda me avisa de que tengo que hacerla o tengo yo -sin que me avise- que hacerla? ¿Crees qué me retendrán, aún, más?
Perdona mi ignorancia pero es un tema que me preocupa.
Muchas gracias.

1 Respuesta

Respuesta
1.- Todo aquel que realice actividades sometidas a un tipo de retención fijo (y ese es el caso de la publicación de artículos, cusos y conferencias ) están obligados a presentar declaración por el IRPF,
2.- Los límites de 22.000 euros cuando se trata de varios pagadores se disminuyen a 10.000 euros, pero ya le digo en el caso de publicaciones, por estar sometidos a una retención fija, le obliga a realizar declaración.

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