Desgravación construcción vivienda en renta 2008

Hola, mi caso es que durante 2008 entregamos a cuenta al constructor por una vivienda en construcción la cantidad de 30.000 euros para los cuales pedimos un crédito personal al banco. Mi pregunta es si en la declaración de hacienda puedo desgravar esos 30.000 (15.000 cada uno en declaración individual) o tan solo podemos desgravar lo que pagamos al banco por el crédito solicitado más los gastos. Gracias.
Respuesta
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Os podréis desgravar las pagos realizados al constructor, por mitad.
No si hasta ahí si lo tenemos claro. La cuestión es que Hacienda dice que cuando las cantidades satisfechas lo sean en el caso de financiación ajena (crédito personal), la base de la deducción estará constituida por las cantidades satisfechas en el ejercicio (amortización, intereses y demás gastos derivados de la misma.) No quiero meter la pata y me imagino que a pesar de haber pagado los 30.000 tan sólo podamos deducir la parte efectivamente pagada en el crédito. Sin embargo, la segunda lectura si esto es cierto es que podremos seguir desgravando por lo satisfecho en el crédito en el ejercicio 2009. ¿Es esto así?
GUÍA RENTA 2008, PÁGINA 81->"Cuando la inversión en la vivienda habitual se hubiera
realizado utilizando financiación ajena, darán derecho a deducción las cantidades satisfechas en el ejercicio por razón de los préstamos obtenidos que se hubieran destinado a tal finalidad, incluyendo la parte correspondiente a la amortización del capital, los intereses y demás gastos derivados de dicha financiación,
así como el coste de los instrumentos de cobertura del riesgo de tipo de interés variable de los préstamos hipotecarios".
Lo que no puedes hacer es desgravarte los pagos al promotor y el crédito que solicitaste para pagarle. Eso es doble y no sería correcto.
Yo declararía los pagos al promotor y, luego el correspondiente préstamo hipotecario a la firma de la escritura.

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