Exención IRPF indemnización por despido

El pasado año me despidieron (despido improcedente) con la
correspondiente indemnización legal (45 días por año trabajado, en mi
caso). Tengo entendido que esta indemnización por despido no tributa en
IRPF, siempre que yo no trabaje, al menos durante un periodo de tres
años, para la empresa que me despidió u otra vinculada a ésta
(Reglamento IRPF 2007).
He creado una SL de la cual soy socio y administrador único. En
caso de que esta SL contratara con mi ex-empresa (la que me despidió)
un trabajo antes de que pasen los tres años ¿perdería yo el derecho de
exención de la indemnización recibida?.

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No lo perderías porque el que está contratando no eres tu sino una sociedad, que aunque está representada por ti, es una persona distinta.

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