Expropiación y Tributación a Hacienda

Les planteo mi cuestión: He recibido una cantidad de dinero referente a una expropiación de una finca por la cual pasa una Vía de Alta Capacidad competencia de la Xunta de Galicia, dicha finca está a nombre de Herederos de ..., y en cuanto nos han citado para las Actas previas de ocupación hemos llevado la documentación correspondiente donde se refleja que esa finca está a nombre de 3 personas ( un tío mio y de mi padre) por lo que habría que repartir dicha cuantía de la expropiación con ellos.
En dicha finca existe una casa de piedra que no expropian, pero la herencia aún está por repartir.
Mis preguntas son las siguientes, ¿La tributación con Hacienda como repercute en las 3 personas y en que %?, ya que en la declaración del 2009 tendrá que reflejarse.
Dos de las 3 personas son pensionistas, ¿tendrían qué declararlo también, y a partir de que cantidad se tiene que declarar?
Respuesta
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Cada uno de ellos tendrá que declarar por la ganancia patrimonial por la transmisión del terreno. La ganancia patrimonial se calcula por diferencia del precio de compra y el precio de venta. El tipo de gravamen sería el 18%.
Muchas gracias por la ayuda que me habéis facilitado, pero me queda una pequeña duda, es la siguiente:
El precio de compra entiendo que es el que aparece en la escritura inicial del año 1900 y poco y el precio de venta es el que nos ofrecen en la expropiación. Y a esa diferencia le aplicaría un 18 % .
Pues ya les vale bien a los de Hacienda :-S
Si el titulo de la propiedad es una escritura de adjudicación de herencia, en términos generales, el valor que se haya incluido en dicha escritura.
Me ha sido de mucha ayuda la respuesta del experto . Muchísimas gracias, y que sigan así ayudando a la gente que tiene dudas porque el esfuerzo de ayudar a la gente se verá recompensado.

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