Impuesto de sucesiones

Mi consulta hace referencia al siguiente tema:
Tras fallecer un familiar, somos dos los que hemos heredado de él.
El reparto se ha hecho y se ha pasado por notaria la escritura del reparto hereditario.
A la hora del pago del impuesto de sucesiones la otra parte no tiene voluntad de hacer el pago de su parte, mientras que a mí me precisa realizarlo puesto que he heradado una vivienda de la cual estoy haciendo frente a un pago elevado de hipoteca y al no realizarse dicho pago no puedo percibir el seguro de vida ligado a dicha hipoteca.
He consultado con Hacienda y la única solución que me da, es que solicite el pago por vía administrativa, pero esto lleva una demora de año y medio para que se resuelva dicho expediente y yo pueda liberar el seguro de vida.
Mi pregunta es si hay alguna otra vía para poder realizar el pago que no tenga repercusiones ni a nivel fical ni a nivel jurídico. No me importaría pagar yo las dos partes del impuesto si esto no tiene repercusiones jurídicas con el otro heredero
Muchas gracias de antemano
Respuesta
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No termino de entender la situación. En principio los sujetos pasivos del ISD son cada uno de los herederos. Si el otro heredero no quiere hacer frente al pago de su deuda es problema suyo. Pero una vez escriturado el cuaderno particional ese bien es de los herederos a todos los efectos. Otra cosa es que uno de ellos tenga una deuda con la Hacienda Autonómica de turno, pero eso es problema del heredero que no quiere pagar.
Le aclaro un poco más el tema.
Para poder liberar el seguro de vida ligado a la hipoteca de la casa que se me ha adjudicado me piden en el banco el pago del impuesto de sucesiones; esa liquidación, según hacienda, debe ser una liquidación única de los dos herederos, con lo cual yo no puedo liquidar por mi cuenta si el otro heredero no lo quiere hacer.
Me urge hacerlo lo antes posible pues tengo una hipoteca de casa muy alta a la cual me cuesta hacer frente a ella y si puedo liberar el seguro ligado a ella me quedará una muy pequeña a la cual si que puedo hacer frente.
Por eso necesito saber como puedo hacer la liquidación del impuesto sin necesidad de contar con el otro heredero(él no tiene deuda con hacienda y el impuesto que le toca pagar es de 250 euros, por lo que no es un problema de dinero, si no de complicarme las cosas todo lo que pueda)
Espero haberle podido aclarar un poco más el tema.
Muchas gracias
¿A qué comunidad autónoma nos estamos refiriendo? Porque que yo tenga entendido, por ejemplo en Andalucía, la presentación del modelo 600 es individual.
En Madrid, según tengo entendido es un solo modelo pero debe ir firmado por los dos herederos junto con sus dni.
Espero que esto le aclare un poco más mi situación.
Gracias de antemano
Quizás este apartado pueda ayudar:
http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CONT_Pregunta_FA&cid=1142342475663&language=es&oid=1142342578141&pageid=1158306777313&pagename=Contribuyente%2FCONT_Pregunta_FA%2FCONT_pregunta

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