Duda renta

Este año en marzo procedí a una subrogación hipotecaria (153000) más 3000 de ampliación de capital para hacer frente a los gastos de subrogación, o sea, debí abonardichos gastos, más AJD, más importe por cancelar hipoteca en antiguo banco, más registro y notaria. ¿Puedo desgravarme en la siguiente declaración? Me han comentado que si, pero no por la novación. Gracias

1 respuesta

Respuesta
1
En principio, desde Hacienca explican que podrán deducirse los gastos de registro, notaría y otras gestiones derivados del cambio de banco. Estos gastos se sumarían a las deducciones normales que supongo que vendrás practicando por tu hipoteca.
En cualquier caso puedes encontrar más información en el siguiente artículo: Subrogaciones y cambios de banco en el IRPF (http://impuestosrenta.com/subrogaciones-y-cambios-de-banco-en-el-irpf/)

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas