Compra vivienda

Estimado experto:
En 2005 compré una vivienda (a través de préstamo hipotecario) que hasta ahora ha sido mi vivienda habitual y de la que me he desgravado desde entonces el máximo posible (9015*5 años).
Esta semana he comprado una segunda vivienda por 170.000 euros (170.000 euros a través de una segunda hipoteca hipoteca y los gastos pagados de mis ahorros), que a partir de ahora mismo pasa a ser mi vivienda habitual. La vivienda comprada en 2005 está en venta.
- Suponiendo que en 2010 no vendiera la vivienda comprada en 2005 y durante este año siga pagando las dos hipotecas, ¿qué cantidades podré desgravarme por vivienda habitual?
- Suponiendo que en 2010 consiguiera vender la vivienda comprada en 2005 por 175.000 euros y cancelara la hipoteca correspondiente, pagando a partir de ese momento sólo la hipoteca de la nueva vivienda ¿qué cantidades podré desgravarme por vivienda habitual?
Gracias. Un saludo,
Javier
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Aunque supongo que ya lo habrás mirado, dispones de dos años para vender tu primera vivienda y reinvertir los beneficios obtenidos sin tener que pagar impuestos por ellos. Una vez pasado este periodo, deberás tributar por las gananciasderivadas de la venta.
Retomando las cuestiones que planteas, con carácter general podrás desgravar por segunda vivienda una vez hayas invertido en ella las cantidades que sirvieron de base para la deducción de la primera. Por eso muchas veces los primeros años de la segunda hipoteca no se suele poder desgravar.

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Existe la posibilidad de reinvertir la ganancia obtenida por la venta de vivienda habitual durante dos años, es decir, el beneficio que te generase podrías reinvertirlo hasta dos años desde la compra de la segunda vivienda, que es la que pasa a ser tu vivienda habitual.
* Respecto al caso de no vender la vivienda del 2005 en el 2010, podrás seguir deduciéndote el máximo permitido por ley los 9015, pero de la que hoy es tu vivienda habitual (nueva vivienda) entre amortización de capital e intereses.
* Si vendes la vivienda del 2005 en el 2010, la plusvalía o ganancia que hayas obtenido si no quieres tributar por ella, tendrá que ser reinvertida en la vivienda que has adquirido esta semana. La deducción en el irpf, seguirá siendo el máximo permitido por ley los 9015.
Si pasados los 2 años, no has vendido la vivienda del 2005, la ganancia que te generase esa venta, tributará en el irpf como ganancia patrimonial.
Gracias.
Pero tenía entendido que de la nueva vivienda podré empezar a deducirme sólo a partir del momento de haber amortizado en ella la cantidad que ya hubiera amortizado de la antigua y por la que ya me he desgravado. Es decir, ¿cómo influye lo que ya me he desgravado de la antigua vivienda para calcular lo que puedo desgravarme de la nueva?
Saludos
Tal vez no me haya explicado correctamente.
Ahora mismo tienes dos propiedades, la del 2005 que aún no se ha vendido y que deja de ser tu vivienda habitual y pasa a ser "segunda vivienda" que tributaría en el irpf como imputación de renta. Te has deducido 45.075 (5*9015).
Procedes a la compra vivienda 2010, para proceder a la deducción en el irpf como vivienda habitual, tendrás que descontar de los pagos que has realizado en la compra venta de la nueva vivienda (notario, apertura préstamo, comisión de apertura, impuestos, ...) el importe de los 45.000, el exceso sobre ese pago podrás deducírtelo en el irpf del 2010, hasta el máximo permitido 9.015.
Espero que ahora haya quedado más claro. Si no es así, aquí estamos.
Respuesta
Usted solo puede desgravar por la adquisición de la vivienda habitual, por lo tanto, solo podrá hacerlo sobre los gastos o importe de la segunda compra, desde la fecha de la misma y tendrá que empadronarse y cambiar su domicilio en hacienda.
Si reinvierte los beneficios en la adquisición de la nueva vivienda, esto también sera deducible.
Le recomendamos se ponga en manos de un especialista para realizar las declaraciones de la renta, para evitar problemas.
Agradecemos valoración de la respuesta.
Gracias.
Pero ¿en qué medida se tiene en cuenta lo ya deducido en la primera vivienda para poder deducirme en la segunda?
La suma de ambas no puede superar el limite máximo de la deducción, y se computa desde la fecha de compra de la nueva, por esa vivienda. El resto del año, por la vivienda que usted tiene primero.
Agradecemos valoración de la respuesta.
Respuesta
Debe desgravar la hipoteca de la que realmente ha pasado a ser su vivienda habitual, pues en caso de comprobación por hacienda tendrá que demostrar las fechas en las que dejó de vivir en una vivienda y comenzó a vivir en la otra.
Si vende en 2010 la antigua vivienda deberá tributarla como reinversión por vivienda habitual.

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