¿Pernoctar en la vivienda se considera habitar la vivienda habitual?

Me ha llegado un requerimiento de Hacienda sobre la declaración del 2012 diciendo que, por mis bajos consumos de electricidad, no habito de manera efectiva mi vivienda habitual. Yo realmente solo pernocto allí, por eso el consumo es escaso, Mi pregunta es la siguiente: ¿Pernoctar en la vivienda se considera habitar la vivienda habitual?

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No es una cuestión de si se pernocta o no, es una cuestión de donde se reside de forma habitual. Si no tienes otra vivienda a tu nombre y tienes consumos aunque sean bajos y puedes acreditar que trabajas en dicha ciudad aunque pases fines de semana fuera, creo que no podrían denegartela, aunque es verdad que en Hacienda todo es posible, pero vamos que en un tribunal lo ganas.

Yo le llevaría el padrón, cartas de bancos y de cualquier otra cosa que tengas con domicilio tu casa, contrato de trabajo donde ponga tu domicilio si es que es así, cualquier otro documento laboral de la empresa donde trabajes donde conste tu domicilio.

Luego pues le cuentas que realmente lo usas básicamente para dormir por que trabajas todo el día y comes generalmente fuera y muchos fines los pasas fuera y vamos que esa es la explicación de poco consumo, pero repite la norma no habla mas que de residir de forma habitual y eso determina que si duermes generalmente ahí es tu vivienda habitual.

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