Contrato de obra

Estimado señor,
Tengo que firmar un contrato en el que aparece esta clausula:
La CONSTRUCTORA aceptará y devolverá de inmediato el Pagaré siempre que se haya cumplido lo preceptuado en la estipulación NOVENA (siendo estas las responsabilidades de la subcontrata)
1.- Porque aceptara y devolverá ¿no se contradice?
2.- ¿Alguien puede devolver un pagaré bajo su criterio?
Muchas gracias
Respuesta
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1.- No se contradice. Puede usted aceptar algo y después de verificarlo a satisfacción, puede devolverlo de inmediato.
2.- Sí, porque el tenedor del pagará es libre de para ello bajo las reglas legales y los criterios a la luz de la razón, dependiendo, claro está, del caso concreto.
Yo sigo a sus órdenes si así lo desera.

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