Retenciones

Mi empresa paga el alquiler de la oficina a su propietario, Jose Luis García, por 900 euros/ mes y le retiene el Iva por 20. Es correcto contabilizar este asiento como sigue:
900(621)Arrendamientos y Cánones.
100(472)Hp, Iva Soportado.
A
4751 Hp retenciones Irpf 20
400 Proveedores 980
Este mismo asiento lo realizamos también en el caso de la prestación de servicios de profesionales Independientes, como el notario, el abogado... Le retenemos el IRPF.
Me podías explicar si la empresa esta obligada a retener este Irpf, o debe ser la persona física, en este caso el arredantario y el abogado los que deben pagar su IRPF a hacienda.
Un saludo

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