Exención por vivienda habitual
Y felicidades por el buen servicio que prestáis
Mis preguntas son dos, después de ver todas las respuestas que dais a gente :
¿Entiendo qué si vendo mi casa después de 3 años (aunque sea 3 años y 1 día) desde la fecha de compra estamos exentos de pagar a hacienda el incremento de patrimonio? O ademas de haber transcurrido 3 años desde que la compramos es necesario, para estar exentos, ¿qué las ganancias las invertamoa en otra vivienda habitual?
Y ahí va mi segunda duda...
¿Cómo demuestro que es habitual? Vivimos en ella, nos desgravamos por ella, pero ni mi pareja ni yo estamos empadronados en esa dirección. ¿Podemos tener algún problema?
Mis preguntas son dos, después de ver todas las respuestas que dais a gente :
¿Entiendo qué si vendo mi casa después de 3 años (aunque sea 3 años y 1 día) desde la fecha de compra estamos exentos de pagar a hacienda el incremento de patrimonio? O ademas de haber transcurrido 3 años desde que la compramos es necesario, para estar exentos, ¿qué las ganancias las invertamoa en otra vivienda habitual?
Y ahí va mi segunda duda...
¿Cómo demuestro que es habitual? Vivimos en ella, nos desgravamos por ella, pero ni mi pareja ni yo estamos empadronados en esa dirección. ¿Podemos tener algún problema?
Respuesta de maquirriain
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Respuesta de diegolarosa
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